Normas de Matriculación

2006 / 2007

Atención al alumno

CALENDARIO DE MATRICULACIÓN 2006/2007

  • Para todas las carrearas

    • 5 y 6 de Octubre

Horario de Matricula: De 10'30 a 13'30

NORMAS DE MATRICULACION.

De conformidad con el Convenio suscrito con fecha 11 de junio de 2001 por la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad de Valladolid y el Colegio Universitario Domingo de Soto de Segovia, en el Curso Académico 2005/2006 se completó el proceso de integración de las enseñanzas del Colegio Universitario en la Universidad de Valladolid.

No obstante, para posibilitar que los alumnos que iniciaron sus estudios en el Colegio Universitario Domingo de Soto puedan agotar en él las convocatorias correspondientes a los planes de estudio, se permitirá matriculárse en el curso académico 2006/2007 a aquellos estudiantes que lo fueron del Colegio en el curso académico 2005/2006 y que tengan asignaturas pendientes para acabar su titulación. Los alumnos que se matriculen deberán hacerlo de todas las asignaturas pendientes.

CONVOCATORIAS Y EXTINCIÓN DE PLANES

Convocatorias

El límite de permanencia de los alumnos en la Universidad está regulado por el Real Decreto-Ley 8/1976 de 16 de junio, en el que se establece que el límite de convocatorias será de un mínimo de cuatro y un máximo de seis.

Las convocatorias a que se alude se computarán sucesivamente, entendiéndose agotádas en cada caso aunque el alumno no se presente a examen siempre que se hubiera matriculado.

Se podrá, no obstante, conceder una nueva convocatoria a los alumnos que, a pesar de haber obtenido la calificación de suspenso en las seis convocatorias de la asignatura, les resten para finalizar estudios el 20% como máximo de los créditos del correspodiente plan.

Extinción de Planes

El Real Decreto 1497/1987 de 27 de noviembre establece que los estudios que cambien de plan se estinguirán, salvo excepciones, curso por curso. Una vez extinguido un curso se efectuarán cuatro convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes.

La Junta de Gobierno de la Universidad Complutense ha regulado la extinción de los planes añadiendo dos supuestos:

1.- Alumnos que tienen pendientes de superar asignaturas del curso que se extingue y no han agotado las seis convocatorias establecidas por el Real Decreto 9/1975.

En este caso dispondrán de cuatro convocatorias de examen en los dos cursos siguientes.

En el supuesto anterior, además de las cuatro convocatorias establecidas por los citados Reales Decretos se propone la ampliación de dos más, que serán autorizados en aquellos casos en los que al alumno le queden para finalizar el ciclo tres asignaturas como máximo.

 

2.- Alumnos que tienen pendientes de superar asignaturas del curso que se extingue y han agotado las seis convocatorias establecidas por el Real Decreto 9/1975:

  • Si el alumno hubiera agotado la sexta convocatoria en septiembre del curso previo a la extinción deberá adaptarse al Plan Nuevo en el curso en que tiene lugar dicha extinción.
  • Si el alumno hubera agotado la sexta convocatoria en junio del curso previo a la extinción podrá solicitar la septima convocatoria de gracia, solamente para septiembre del mismo curso académico, que se concederá cuando el alumno no haya tenido seis suspensos en dicha asignatura, o cuando, aun teniendo seis suspensos, le queden para finalizar la titulación cinco asignaturas como máximo. En caso de no aprobar la convocatoria de gracia debará adaptarse al Plan Nuevo.

EXAMEN EXTRAORDINARIO FIN DE CARRERA

En febrero existirá una convocatoria extraordinaria de Fin de Carrera para aquellos alumnos a quinenes les falte para terminar la carrera hasta tres asignaturas si se trata planes antiguos y hasta 30 créditos en planes renovados, con la condición de haber estado matriculado de ellas anteriormente.